Somos una firma de abogados con presencia en todo el territorio nacional, formada por equipos humanos especializados en procesos mercantiles.
Trabajamos de manera transversal, ofreciendo todo tipo de soluciones jurídicas y fiscales a los problemas que plantean las cuestiones mercantiles: constitución de sociedades, cambio de domicilio social, redacción de pactos de socios, ampliaciones de capital, compraventa de participaciones, otorgamiento, revocación de poderes entre otros.
Incluye todo el proceso para la constitución de una Sociedad Limitada por solo 350€, desde la obtención de la denominación social hasta el correspondiente registro de la sociedad en el Registro Mercantil.
Podemos firmar la constitución de su sociedad en la notaría en 24 horas siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos: que se nos proporcione todos los datos necesarios inmediatamente y certificado con el nombre ya expedido o que se escoja un nombre de nuestra bolsa de denominaciones, y que la notaría nos dé cita para la firma en ese plazo. Hay que tener en cuenta también que la constitución debe inscribirse en el Registro Mercantil, lo que se llevará a efecto más o menos rápido en función de su carga de trabajo.
El primer paso para conseguir tu sociedad es rellenar nuestro formulario. Si no sabes rellenar alguno de los campos, no te preocupes, siempre te llamaremos después para confirmar los datos para que puedas consultarnos tus dudas.
Con toda la información nuestros abogados se pondrán en marcha solicitando el certificado de denominación social y preparando la firma de la constitución, así como los estatutos sociales. Después, pediremos cita en la notaría para que vayas a firmar la escritura de constitución ante notario. Una vez firmado, inscribiremos tu sociedad en el Registro Mercantil correspondiente, la daremos de alta en actividad, y con eso terminará el proceso.
El mínimo de socios es 1 y no existe un número máximo. Cuando la sociedad tenga un solo socio se crea una Sociedad Limitada Unipersonal.
Podrás operar desde el momento en que se dé de alta la actividad de la sociedad, tras la firma en notaría.
Con la aprobación en 2022 de la Ley Crea y Crece es posible constituir sociedades aportando solamente 1€ al capital social, siempre y cuando se cumplan con ciertos requisitos.
Depende. Por Ley, toda Sociedad debe tener al menos un administrador, y por regla general, ese administrador normalmente debería estar dado de alta como autónomo. No obstante, existen casos especiales en los que serían los socios los que deberán darse de alta, en base a su participación o parentesco con otros socios, o el administrador no tenga dicha obligación por características puntuales.
Recomendamos contactarnos para saber un poco más sobre lo anterior, o consultarla siguiente entrada aquí si tu interés está relacionado con la nueva base de cotización de los autónomos.